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AYUDAS DESTINADAS A FOMENTAR LA ACCIÓN SINDICAL EN EL ÁMBITO DE LA ENSEÑANZA PRIVADA SOSTENIDA TOTAL O PARCIALMENTE CON FONDOS PÚBLICOS.


El MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA establece la ORDEN ECI/465/2006, de 6 de febrero, por la que se convocan ayudas destinadas a fomentar la acción sindical en el ámbito de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos.

(BOE núm. 46 de fecha 23 de febrero de 2006)


 OBJETO


El objeto de la convocatoria es financiar el mantenimiento de representantes sindicales, con dedicación exclusiva a las funciones sindicales en el ámbito de la enseñanza privada

sostenida total o parcialmente con fondos públicos.


 BENEFICIARIOS


1. Podrán solicitar estas ayudas las organizaciones sindicales que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo sexto. 2 de la Ley Orgánica 11/ 1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical (Boletín Oficial del Estado del 8), tengan la consideración de más representativas a nivel estatal en el ámbito de las empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.

2. Los representantes sindicales retribuidos por las organizaciones sindicales con las ayudas a las que se refiere la presente Orden, deberán cumplir los siguientes requisitos:

Cumplir las condiciones que para afiliarse a las organizaciones sindicales establecen los artículos primero. 2 y tercero. 1 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto de 1985, de Libertad Sindical.

Ostentar un cargo electivo o realizar funciones sindicales a nivel provincial o superior en la organización sindical, relacionado con el sector de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos.

No percibir retribución alguna con cargo a la nómina de pago delegado a que hace referencia el artículo 34 del Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos (Boletín Oficial del Estado del 27).


 FINANCIACIÓN


1. Las ayudas objeto de la presente Orden se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias 18.10.322A.482 y 18.10.322B.482 por importes máximos respectivos de 1.030.310 y 336.510 euros.

2. Las ayudas se concederán para sufragar, durante el año 2006, los gastos correspondientes a salarios, cargas sociales y gastos de gestión necesarios para la retribución de los representantes sindicales a que hace referencia el apartado primero.


 PLAZO DE SOLICITUD


La presentación de solicitudes se efectuará en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado, hasta el día 13 de marzo de 2006.


 DOCUMENTOS INFORMATIVOS


Texto completo de la convocatoria:

http://benasque.aragob.es:443/cgi-bin/CONV/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=109820000301

 
 
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